Informe de Inspección Integral de INPSASEL a la Sede de la Fundación Misión Cultura
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras
(Gaceta Oficial N° 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012)
"Artículo 43
Responsabilidad objetiva del patrono o patrona
Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado, y son responsables por los accidentes laborales ocurridos y enfermedades ocupacionales acontecidas a los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios y becarias en la entidad de trabajo, o con motivo de causas relacionadas con el trabajo. La responsabilidad del patrono o patrona se establecerá exista o no culpa o negligencia de su parte o de los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios o becarias, y se procederá conforme a esta Ley en materia de salud y seguridad laboral. "
Informe de la Inspección Integral realizado por INPSASEL a la sede de la Fundación Misión Cultura , el mismo esta vigente porque no se ha cumplido con las trabajadoras y trabajadores en garantizar las condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado.
Descargar : Informe de Inspección Integral de INPSASEL a la Sede de la Fundación Misión Cultura
Comentarios
Publicar un comentario